domingo, 15 de mayo de 2016

TRATADOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES

TRATADOS DE MÉXICO 
México cuenta con una red de 11 Tratados de Libre Comercio con 46 países (TLCs), 32 Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones (APPRIs) con 33 países y 9 acuerdos de alcance limitado (Acuerdos de Complementación Económica y Acuerdos de Alcance Parcial) en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).
Además, México participa activamente en organismos y foros multilaterales y regionales como la Organización Mundial del Comercio (OMC), el Mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC), la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y la ALADI.
PRINCIPALES TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR EN LOS QUE MEXICO ES PARTE.
 
TRATADOS INTERNACIONALES CELEBRADOS POR MÉXICO
Por tratados celebrados por México, debe entenderse cualquier "acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular" (artículo 2, inciso a), de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969), así como aquellos celebrados entre México y organizaciones internacionales.
Los elementos de un Tratado son: Capacidad, esto es, que solo los Estados pueden celebrar Tratados per se; consentimiento,el cual tiene que ser expreso y manifestado por conducto del jefe de Estado o del órgano de negociación internacional del Estado o por intermedio de sus plenipotenciarios; el objeto, que tiene que ser lícito, o sea no violatorio el Derecho Internacional; posible, es decir que no sea sobre algo inexistente; y por causa se entiende aquello que justifica la obligación.
Esta colección incorpora, exclusivamente, información relativa a los tratados bilaterales y multilaterales celebrados por México y que actualmente se encuentran vigentes.
GENERAL AGREEMENT ON TARIFFS AND TRADE
El GATT, acrónimo de General Agreement on Tariffs and Trade(Acuerdo general sobre comercio y aranceles) es un tratado multilateral, creado en la Conferencia de La Habana, en 1947, firmado en 1948, por la necesidad de establecer un conjunto de normas comerciales y concesiones arancelarias, y está considerado como el precursor de la Organización Mundialde Comercio. El GATT era parte del plan de regulación de la economíamundial tras la Segunda GuerraMundial, que incluía la reducción de arancelesy otras barreras al comercio internacional.
El funcionamiento del GATT se basa en las reuniones periódicas de los estados miembros, en las que se realizan negociaciones tendentes a la reducción de aranceles, según el principio de reciprocidad. Las negociaciones se hacen miembro a miembro y producto a producto, mediante la presentación de peticiones acompañadas de las correspondientes ofertas.
TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE (TLCAN)
El 1ero de enero de 1994 entro en vigor este instrumento de integración zonal. Mas que un tratado de libre comercio es un tratado de inversión que abarca mercancías, servicios e híbridos (propiedad intelectual) dentro de sus 22 capítulos, mas los acuerdos de cooperación ambiental y laboral, convergiendo a su vez en un escenario de resolución de controversias que busca limitar la discrecionalidad de la aplicación de las legislaciones nacionales, y pretende garantizar rapidez, objetividad y neutralidad a los operadores económicos zonales.
En el preámbulo del TLCAN establece los fines perseguidos por México, Canadá y Estados Unidos, en los siguientes términos:
Reafirmar los lazos de amistad y cooperación entre sus naciones.
Contribuir al desarrollo armónico, a la expansión del comercio mundial y a la ampliación del comercio internacional.
Crear un mercado ms extenso y seguro para los bienes y servicios producidos en sus territorios.
Reducir las distorsiones en el comercio.
TRATADOS DE LIBRE COMERCIO SUSCRITOS POR MÉXICO CON PAÍSES LATINOAMERICANOS
MERCOSUR
Con el propósito de facilitar negociaciones entre México y los países miembros de MERCOSUR, en julio de 2002 se realizó el Acuerdo de Complementación Económica 54 que establece el compromiso de lograr, mediante negociaciones periódicas, una zona de libre comercio entre México y MERCOSUR. El acuerdo mantiene los avances logrados en los Acuerdos con Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, así como el Acuerdo entre México y MERCOSUR para el sector automotor.
El Acuerdo comprende los celebrados o que se celebren entre México y ese bloque, así como los de carácter bilateral entre México y cada uno de los países miembros; por tanto, mantiene los avances logrados en los Acuerdos suscritos por México con Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, así como el Acuerdo entre México y el Mercosur para el sector automotor y posibilita la conducción de negociaciones futuras, a fin de ampliar y profundizar los acuerdos, de conformidad con los intereses de cada uno de los países participantes, sin cerrar la posibilidad de efectuar negociaciones del bloque con México.
Con base en este Acuerdo, México y Uruguay suscribieron un TLC y están en proceso las negociaciones para la ampliación de los Acuerdos de Complementación Económica 6, con Argentina y 53, con Brasil.
TRATADO DE LIBRE COMERCIO MÉXICO-COSTA RICA
Este tratado fue firmado el 5 de abril de 1994 y aprobado por la cámara de senadores de H. Congreso de la Unión el 8 de junio del mismo año.
Fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1ero de enero de 1995.
Los objetivos planteados por las partes, desarrolladas de manera especial a través de sus principios y reglas, incluidos los de trato nacional, trato de nación más favorecida y transparencia, son los siguientes:
Estimular la expansión y diversificación del comercio entre las Partes;
Eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y de servicios entre las Partes;
Promover condiciones de competencia leal en el comercio entre las Partes;
Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en los territorios de las Partes;
Proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los derechos de propiedad intelectual en territorio de cada Parte;
Establecer lineamientos para la ulterior cooperación entre las Partes, así como en el ámbito regional y multilateral, encaminada a ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado;
Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta y para la solución de controversias.
TRATADO DE LIBRE COMERCIO MÉXICO-BOLIVIA
Fue suscrito el 10 de septiembre de 1994 en Rio de Janeiro, Brasil, y entro en vigor el 1ero de enero de 1995.
Se prevé la posibilidad de que cualquier país o grupo de países puedan incorporarse al tratado conforme a los términos convenidos entre la Comision administradora de este tratado y ese país o grupo de países.
Se establecen disciplinas que aseguran el trato no discriminatorio a los bienes de ambos países y se definen mecanismos para la efectiva eliminación de barreras arancelarias y no arancelarias. Además, se regulan los programas de devolución de aranceles y se eliminan los derechos de trámite aduanero ocho años después de la entrada en vigor del Tratado. Como productos distintivos de México se reconoce el tequila y el mezcal y para Bolivia el singani.
El 97% de la exportación de México a Bolivia quedara libre de arancel de inmediato, mientras que México desgrava el 99% de las exportaciones de Bolivia de inmediato. El resto de los productos se desgravará en un plazo máximo de 12 años, partiendo de un arancel máximo de 10%. Además del petróleo y sus derivados, se excluyeron del Tratado carne de bovino, porcino en canal y productos avícolas, leche en polvo y azúcar.
TRATADO DE LIBRE COMERCIO MÉXICO-NICARAGUA
Este tratado fue firmado en la ciudad de Managua, el 18 de diciembre de 1997 y aprobado por el senado el 30 de abril de 1998, y publicado en el DOF el 26 de mayo del mismo año. Fue promulgado el 7 de julio de 1998.
Este Tratado contempla la instrumentación de un programa de desgravación arancelaria en tres etapas: inmediata, a 5 años y a 10 años. Además de lo anterior, para ciertos productos sensibles de Nicaragua se concedió un plazo excepcional de desgravación de 15 años. De acuerdo con este programa de desgravación, el 77% de las exportaciones de Nicaragua a México quedó libre de aranceles de manera inmediata, el 3% se desgravará en 5 años, el 6% en 10 años y el 14% restante en 15 años. Por su parte, el 45% de la exportaciones de México a Nicaragua quedó libre de arancel de inmediato, el 33% se desgravará en 5 años, el 19% en 10 años y el 1% quedó excluido. Así, casi el 80% de nuestras exportaciones a Nicaragua quedará liberalizada a más tardar en 5 años.
TRATADO DE LIBRE COMERCIO MÉXICO-CHILE
El 17 de abril de 1998, en el marco de la II Cumbre de las Américas, México y Chile suscribieron la ampliación del Tratado de Libre Comercio entre ambos países. El TLC entre México y Chile constituye un nuevo instrumento para facilitar las relaciones económicas entre ambos países, ya que incorpora nuevas disciplinas y profundiza las ya contenidas en el Acuerdo de Complementación Económica (ACE) México-Chile, vigente desde el 1° de enero de 1992.
El nuevo TLC entre México y Chile profundiza las disciplinas ya contenidas en el ACE, como son las reglas de origen, normas técnicas, medidas de salvaguarda, tributación, inversión, solución de controversias, compras gubernamentales y disposiciones institucionales. Asimismo, incorpora nuevas disciplinas, entre las que destacan medidas sanitarias y fitosanitarias, procedimientos aduaneros, medidas relativas a la normalización, comercio transfronterizo de servicios, transporte aéreo, telecomunicaciones, entrada temporal de hombres de negocios, política en materia de competencia, monopolio y empresas del estado y propiedad intelectual.
TRATADO DE LIBRE COMERCIO MÉXICO-TRIANGULO DEL NORTE
(EL SALVADOR, GUATEMALA Y HONDURAS)
El 10 de mayo del 2000 los Ministros de Comercio de México y del Triángulo del Norte de Centroamérica concluyeron satisfactoriamente la negociación del Tratado de Libre Comercio, que fue suscrito en la Ciudad de México el 29 de junio del 2000.
El Tratado de Libre Comercio entre México y el Triángulo Norte incluye los siguientes temas: acceso a mercados, comercio agropecuario, normas sanitarias y fitosanitarias, reglas de origen, procedimientos aduaneros, salvaguardas, prácticas desleales, comercio de servicios, inversiones y pagos relacionados, medidas relativas a normalización, propiedad intelectual y solución de controversias.
TRATADO DE LIBRE COMERCIO MÉXICO- UNIÓN EUROPEA
El 24 de noviembre de 1999, concluyeron las reuniones que dieron lugar al Tratado de
Libre Comercio establecido entre México y la Unión Europea.
Características del Tratado:
El Acuerdo de Libre Comercio, contiene 11 capítulos: acceso a mercados, reglas de origen, normas técnicas, normas sanitarias y fitosanitarios, salvaguardas, inversión y pagos relacionados, comercio de servicios, compras del sector público, competencia, propiedad intelectual y solución de controversias.
En cuanto al acceso a mercados, se negoció un programa de desgravación gradual que reconoce asimetrías, la desgravación arancelaria europea terminará en el 2003, mientras que la mexicana concluirá en el 2007. El programa de eliminación de aranceles de productos industriales es el siguiente:
- en julio del 2000, México desgravará el 47.6% de las importaciones;
- en el 2003 eliminará aranceles sobre otro 5.1%;
- en el 2005 eliminará aranceles sobre otro 5.6%;
- y en el 2007 eliminará el 41.7% de los productos europeos restantes.
TRATADO DE LIBRE COMERCIO MÉXICO-ISRAEL
Continuando con el esfuerzo por ampliar los lazos comerciales con otros continentes entra en vigor el 1o. de julio de 2000 el Tratado de Libre Comercio México-Israel (TLCIM). Este Tratado abarca la negociación del 99% de los productos comerciados por ambas naciones, obteniéndose reducciones de aranceles en productos agrícolas e industriales. Se prevé la total eliminación de aranceles en 2005.
Respecto a productos industriales mexicanos de exportación, en diferentes plazos de desgravación se incluyen: automóviles, camiones y autobuses; acero; ciertos químicos, fibras sintéticas y medicamentos, jabones, cerámica; radios, televisores y algunos accesorios. Otros productos que están beneficiados con libre acceso desde el 2003 son: artículos de vidrio para cocina; muebles de madera; zapatos; velas y cirios; motores diesel y de émbolo.
La estructura y plazos de desgravación en el TLCIM es muy distinta en relación con lo que se negoció en otros Tratados, ya que no existen códigos de desgravación como tales, sino listas de bienes agrupados por plazo de desgravación. Así:
Todos los bienes clasificados en los capítulos 25 a 98 del Sistema Armonizado se desgravaron en cuatro etapas iguales, quedando libres de arancel desde el 1o. de enero de 2003.
ACUERDO DE ASOCIACIÓN ECONÓMICA MÉXICO-JAPÓN
El Acuerdo de Asociación Económica entre México y Japón (AAE México-Japón) entró en vigor el 1º de abril de 2005. Este acuerdo se desarrolló tomando en consideración que Japón es productor y exportador de productos de alta tecnología e importa el 60% de su consumo de alimentos. Los vínculos en materia de cooperación entre México y Japón están orientados hacia ciencia y tecnología, educación y capacitación laboral e intercambio de expertos; así como estrechar lazos en asuntos turísticos, de agricultura, pesca y cooperación en medio ambiente. 
El Acuerdo de Asociación Económica México-Japón establece condiciones preferenciales de acceso a mercados, certidumbre y seguridad legal a largo plazo, que permitirán incrementar las exportaciones y atraer mayores flujos de inversión, con el consecuente impulso al crecimiento económico y a la generación de empleos.
 

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